Desde la entrada en vigor de la Ley 3/2012, la Junta de Andalucía ha dejado de pagar de oficio el 100% del Complemento por Incapacidad Temporal, es decir, ya no se cobra el 100% del salario durante la baja, salvo en unos casos determinados que se indican en la Instrucción 2/2013.
Quien entienda que puede tener derecho al pago del 100% debe presentar o enviar la solicitud, acompañada de la documentación necesaria, en la siguiente dirección:
Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte